16 de mayo de 2011

El voto en blanco y la ley d´Hondt

Hace algunos días me llegaba un acceso a una página dónde se reclamaba para las próximas elecciones el voto en blanco y la abstención.
A la vista de la confusión que se está creando, de buena o mala fe, respecto a la utilidad o no del voto, en especial en blanco quiero poner mi grano de arena desarrollando algún aspecto que muchas veces se ocultan.


En este caso hablando de las resultantes de la actual normativa que en muchas ocasiones pasan desapercibidas dado que nos hemos acostumbrado a tratar el tema como si de un Madrid-Barça se tratara, para explicarlo enunciaré algunos de los errores más comunes derivados de la aplicación de la ley; utilizo para ello datos reales de un Ayuntamiento en las últimas elecciones municipales.

- La mayoría absoluta de concejales se corresponde a una mayoría popular.
El 46% de votantes votó centro derecha y el 54% centro izquierda, los primeros consiguen la mayoría absoluta. Cosas de la Ley D´Hondt.

- La abstención es una muestra de desacuerdo con los políticos.
O de consentimiento ya que se permite así a las minorías en el poder, aumentarlo. Puede ser evaluada como considere cada uno pero desde el punto de vista práctico implica dejar en manos de los acérrimos las decisiones, es como si los “ultras” de los equipos de fútbol eligieran al presidente.

- El voto en blanco es un castigo al poder.
No existe ese jurado ético que define si las elecciones se han obtenido con más o menos votos, existe una Ley que dice todo lo contrario es decir el voto en blanco favorece al partido mayoritario; por un lado restando votos a opciones que no teniendo el poder no pueden considerarse responsables de los errores de los que lo tienen y por otro haciendo más difícil la entrada de minoritarios dado que los partidos en minoría tienen que obtener un 5% de los votos válidos por lo que los únicos que resultan penalizados son probablemente aquellos a los que menos se quiere penalizar.
En el caso comentado, con el 4,86% de los votos el tercer partido quedó fuera del ayuntamiento, ¿si lo hubieran sabido los votantes del voto en blanco y el nulo hubieran votado igual? No lo sabremos nunca.

-La representación es proporcional al deseo popular
Esta es la gran falacia que se produce por la bipolarización de la política, también en eso se parece al fútbol, cada día nos alejamos más de esa situación ideal.
En el caso: se obtiene un concejal con 4226 votos y dos partidos con 7014 y 4659 no obtienen representación al aplicarseles la susodicha norma del 5%. Para ser exactos regalan dos concejales ya que ambos partidos concurrieron juntos en algunas circunscripciones pero no aquí dónde simplemente por 201 votos el primero de ellos hubiera provocado que gobernara el partido que ha estado en minoría estos cuatro años.


En su momento se creó una ley que quería evitar el exceso de partidos en los parlamentos pero hemos creado un monstruo llamado bipartidismo del cual es imposible salir si no provocamos la entrada de minoritarios ya que la norma favorece a los grandes (incluidos los que lo son en su autonomía) y ellos son los que podrían cambiarla pero en el reparto del poder sí están de acuerdo.
Por todo ello sigo creyendo que aún que resulte redundante, tras treinta años de vigor de la ley electoral actual, debe cambiarse con urgencia a
- Listas abiertas y/o al menos, reducir al 3% el mínimo necesario en lugar del actual 5%

Pero mientras tanto y aún cuando estemos en desacuerdo con las políticas desarrolladas, opino que debemos "Elegir" ya que existen suficientes propuestas y al menos así no seremos cómplices por acción u omisión.

 
 
Datos Ayto Alicante
http://www.infoelectoral.mir.es/min/busquedaAvanzadaAction.html;jsessionid=580FCF038AD434E87147E60A7E8A681E.app1vuelta=1&codTipoEleccion=4&codPeriodo=200705&codEstado=99&codComunidad=17&codProvincia=3&codMunicipio=14&codDistrito=0&codSeccion=0&codMesa=0

4 comentarios:

MªCarmen dijo...

Estoy de acuerdo, se siguen beneficiando los países más ricos, además del deterioro ecológico, algo contradictorio cuando se van a suprimir las bolsas de plástico gratis en los supermercados.
Carmen

Julio Ruiz dijo...

Perdón pero el porcentaje no es el 5%, sino el 3%. (ley electoral española 1985). En esta misma ley, artículo 96, se establece que los votos en blanco son válidos, al contrario que los votos nulos.
-Ejemplo de voto en blanco; sobre vacio.
Ejemplo de voto nulo: Poner en la papeleta en negrita y mayúsculas para que se vea bien:
" NO HAY PAN PARA TANTO CHORIZO"
Un saludo
Julio Ruiz

Julio Ruiz dijo...

los dos porcentajes están bien uno para las generales, el 3% y el otro para las locales el 5%. Saludos
Julio Ruiuz

Paco Oca dijo...

Efectivamente es el 5%. En las autonomías podría ser cambiado ya existen fórmulas como cambiar las circunscripciones (en Cataluña se ha planteado) pero hasta ahora, por intereses partidistas, no se ha cambiado.
Saludos y Gracias